03/05/2024
El jueves 13 de marzo de 2024, la Corte de Justicia de Catamarca (provincia del noroeste de Argentina) hace parcialmente lugar a las medidas cautelares solicitadas por el Sr. Román Elías Guitián, cacique de la Comunidad Indígena Atacameños del Altiplano. El máximo tribunal ordena paralizar la autorización de nuevos proyectos de extracción de litio en torno al Salar del Hombre Muerto, en el departamento de Antofagasta de la Sierra y establece que todos los proyectos deben cumplir con la consulta previa, libre e informada a las comunidades afectadas.
Se trata de una de las sentencias más importantes de los últimos tiempos en materia de preservación de los recursos naturales, el cuidado del ambiente y la protección de los derechos de las comunidades originarias. El tribunal evoca nociones fundamentales como el “desarrollo sostenible” y “el derecho a un medio ambiente sano, un derecho con connotaciones tanto individuales como colectivas. En su dimensión colectiva, constituye un interés universal, que se debe tanto a las generaciones presentes y futuras”.
Las comunidades locales del Salar del Hombre Muerto durante mucho tiempo reclamaron la protección de sus territorios mediante asambleas colectivas y campañas de concientización sobre la importancia de resguardar los recursos naturales, los ríos locales y sus derechos al agua. Denunciaron en múltiples ocasiones que el río y el valle del Trapiche se estaban secando y que se estaba produciendo un daño ambiental irreversible a causa de la actividad minera. Pero sus voces fueron ignoradas o silenciadas…
Luego de varios años en los que se sucedieron la declaración de incompetencia de la Justicia Federal de Catamarca (noviembre de 2021) y el rechazo del recurso de apelación de la Cámara Federal de Tucumán (diciembre de 2021), el máximo tribunal provincial, en una decisión histórica, decidió ordenar al Ministerio de Minería de la Provincia de Catamarca y al Ministerio de Agua, Energía y Medio Ambiente abstenerse de otorgar nuevos permisos y/o autorizaciones, o declaración de impacto ambiental con respecto a obras o actividades en el Río Los Patos -Salar del Hombre Muerto- hasta tanto se cumpla con la realización del estudio de impacto ambiental acumulativo e integral del desarrollo de la actividad minera (litio) sobre el paisaje, la fauna y flora del lugar, el clima y el ambiente en general, como las condiciones de vida de los habitantes del lugar y de la comunidad indígena afectadas. Dicho estudio implica medir el impacto ambiental de todos los proyectos de todas las empresas mineras “juntas” y que actúan sobre un mismo territorio y no únicamente cada proyecto en particular. Es un estudio, como lo señala el fallo, que evalúa los efectos combinados de múltiples proyectos o actividades y que, a diferencia de un informe de impacto ambiental individual, se refiere a un proyecto específico en un lugar puntual. El informe de impacto ambiental acumulativo considera la suma de los impactos de varios proyectos en una determinada área geográfica. Asimismo, implica un enfoque multidisciplinario que requiere analizar el “costo ambiental global” de todos los proyectos sobre el mismo territorio incluyendo de manera no limitativa: la topografía, los recursos hídricos (funcionamiento de las cuencas hídricas del Salar del Hombre Muerto, informe cabal del funcionamiento del río y de agua subterránea del Río Los Patos como así también sus ciclos y modelo hidrológico, sequia, entre otros), la fauna y flora, las consecuencias socio-económicas, etcétera.
Allí existen seis proyectos de extracción de litio. La producción es mayoritariamente exportada para responder a la demanda creciente del este mineral utilizado en baterías de vehículos eléctricos.
Esta realidad de las comunidades del Salar del Hombre Muerto debería ser el disparador de la toma de conciencia sobre la incoherencia manifiesta entre la demanda de extracción de litio para responder a la transición energética y la creación de zonas de daño, donde los ríos se secan, y se imponen proyectos sin procesos participativos y sin respetar el medio ambiente.
Corte de Justicia de Catamarca (expediente Nº054/2022, caratulado "Guitián, Román c/ Poder Ejecutivo Nacional y Otros).
Nancy Oliveto-Erviti es abogada diploma de honor, Universidad del Salvador, Argentina. Master en Urbanismo, « Villes et Territoires » en la Universidad de Nantes, Francia. Es asesora del Centro Nacional de Estudios Espaciales Francés (CNES) y de Municipalidades y Regiones Francesas.
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